Resolución 466

23 de Febrero de 2007

 

VISTO:

 

La necesidad de convocar  a inscripción de aspirantes para cubrir horas cátedra y / o cargos iniciales y/ o ascenso con carácter titular, interino o suplente, reingreso, traslado, ]pase y/ o ascenso en todos los grados del Escalafón Docente en EGB 3 Intermedia, Nivel Medio y / o Polimodal y ;

 

CONSIDERANDO:

 

Que ha sido sancionada la Ley que regula los Concursos Públicos y el orden de mérito para la titularidad y cobertura de interinatos y suplencias;

 

Que es de estricta justicia contar con credenciales de puntaje actualizadas para la cobertura de interinatos y suplencias acorde con lo establecido en el Artículo 10° de la Ley 9595/04, modifica por la Ley 9605/05, Artículo 4°;

 

Que por no contarse  con la  reglamentación de la Ley de Concursos en la presente convocatoria a inscripción se aplicará lo establecido en el Decreto 2521/95 MGJE y sus modificatorias en aquellos artículos que no se contradicen con la Ley 9595/04 y Ley 9605/05, por tratarse de un período de transición;

 

Que es necesario atender a lo establecido en el Artículo 7° de la Ley 9595/04 modificado por el Artículo 3° de la Ley 9605/05, "bonificación por zona" y en el Artículo 30 de la  Ley 9595 modificado por artículo 9º de la Ley 9605 inciso b) "requisitos de títulos para el ascenso";

 

Que ha tomado intervención Jurado de Concursos y Tribunal de Calificaciones y  Disciplina y las Dirección de EGB 3, Media/ Polimodal;

 

Por ello

 

EL CON SEJO GENERAL DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Convocar a inscripción de aspirantes a cubrir horas cátedra y/ o cargos iniciales y/ o ascenso con carácter titular, interino o suplente, reingreso, traslado, pase y/ o ascenso en todos los grados del Escalafón Docente en EGB 3 Intermedia, Nivel Medio y/ o Polimodal.

 

ARTÍCULO 2°: Determinar que las inscripciones se realicen entre en el período comprendido a partir del 12 de Marzo y hasta el 12 de Abril inclusive del corriente año.

 

 

ARTÍCULO 3°: Establecer que los docentes podrán realizar su inscripción en los establecimientos educativos de EGB 3 intermedia, Nivel Medio/ Polimodal y/ o en Jurado de Concursos 4to. Piso Consejo General de Educación.- Quedarán inscriptos automáticamente quiénes realizaron su inscripción en el Concurso Ordinario convocado por Resolución 1195/05 y 1559/05 C.G.E y quienes obtuvieron credencial por Resolución  3929/05. Sólo deberán presentar los antecedentes culturales que hubieren obtenido con posterioridad al 13/07/05.-

 

ARTÍCULO 4°: Especificar que los docentes que aspiren a participar en Concursos de Pases y Traslados y que reúnan los requisitos previstos por la Ley 9595/04 y Ley 9605/05 deberán inscribirse realizando la opción correspondiente.-

 

ARTÍCULO 5°: Dejar aclarado que para a la presente inscripción y evaluación correspondiente se tendrán en cuenta los requisitos y criterios de evaluación previstos en el Decreto 2521/95 MGJE por tratarse de un período de transición hasta la reglamentación de la Ley 9595 y su modificatoria Ley 9605, con excepción de lo establecido en los artículos 6° y 7° de la presente resolución.-

 

ARTÍCULO 6°: Determinar que para dar cumplimiento a lo establecido por la Ley 9595/04 en su. artículo 7°, modificado por el artículo 3° de la Ley 9605/05, "bonificación por zona", se aplicará la siguiente escala de valoración- Zona inhóspita: 0,50 puntos; Muy Desfavorable: 0,35 puntos; Desfavorable: 0,25 puntos; Alejada de Radio Urbano: 0,10 puntos.-

 

ARTÍCULO 7°: Establecer que para e1 ascenso de jerarquía del personal docente se deberá acreditar los requisitos establecidos en el artículo 30° inciso b) de la Ley 9595, modificada por el artículo 9° de la Ley 9605 que se transcribe: "Posea título docente, salvo en aquel nivel, modalidad o especialidad que señale específicamente el alcance del título habilitante para acceder a un ascenso dentro del escalafón respectivo. En este último caso deberá acreditar capacitación pedagógica previa al concurso".-

 

ARTÍCULO  8°:   De forma


 

 

KERZ

PIMENTEL – KUPERVASER- HOMAR-

 

 

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