RESOLUCION   5163               C.G.E.

PARANA, 18 DIC 2008

 

 

VISTO:

 

La Resolución Nº 4531 del Consejo General de Educación, de fecha 12 de Noviembre de 2008, que dispone el Calendario Escolar en la Provincia de Entre Ríos, Ciclo Lectivo 2009, para las instituciones de todos los niveles y modalidades; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley de Educación Nacional 26.206, jerarquiza y revaloriza la formación docente continua como factor clave para el mejoramiento de la calidad de la educación;

 

 Que el Plan Educativo Provincial 2007/2011, establece que la Educación constituye una Política de Estado y garantiza una formación docente inicial de calidad, la capacitación y el perfeccionamiento permanente para lograr la jerarquización de la profesión  y especialización en los diferentes niveles y modalidades en el marco de una educación inclusiva que atienda la diversidad;

 

Que el mencionado Calendario Escolar aprobado por Resolución 4531/08   C.G.E. dispone que entre el 16 y el 20 de febrero de 2009, se realice una semana de estudio para todos los niveles y modalidades, con el objetivo de mejorar el nivel de formación y el desempeño profesional para aumentar los logros de los alumnos articulando diferentes acciones para el acompañamiento en el proceso de implementación  de los nuevos lineamientos o diseños curriculares;

         

Que han tomado intervención de competencia las Dirección de Planeamiento Educativo, las Direcciones de Educación de Gestión Privada, Nivel Inicial, Especial, Primaria (E.G.B. 1 y 2), Secundaria (Media, Polimodal y E.G.B. 3), Técnico Profesional, Superior  y de Jóvenes y Adultos y el Programa Provincial EnREDarse;

 

Que de acuerdo con los datos oficiales del Departamento Estadística y Censo Escolar, los destinatarios de las capacitaciones son 49.866 docentes entre estatales y privados;

 

Que cada acción de capacitación, acredita  treinta (30) horas cátedra y  cumple con los requisitos establecidos en la Resolución Nº 0461/07 C.G.E., para las acciones de  Capacitación, Actualización y/o Perfeccionamiento, destinado a docentes de todos los niveles y modalidades a desarrollarse en cada unidad educativa;

 

Que  Jurado de Concurso  determina la bonificación cultural que corresponde otorgar a los participantes que reúnan los requisitos de aprobación y asistencia;

 

Que ha tomado intervención Vocalía del Consejo  General de Educación a los efectos del dictado de la norma legal correspondiente;

 

Por ello;

 

 

EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN

 

R E S U E L V E:

 

ARTICULO 1°.- Aprobar las acciones de capacitación en servicio “Docentes  Estudiando”, con treinta (30) horas cátedras presenciales, a realizarse en las  unidades educativas de gestión estatal y de gestión privadas dependientes del Consejo General de Educación en  todos los niveles y modalidades, entre el 16 y el 20 de febrero de 2009.-

 

ARTICULO 2º.- Disponer que cada Dirección de Educación, coordine con las Direcciones Departamentales de Escuelas y  arbitre los medios para la organización de la capacitación correspondiente a su nivel y modalidad.-

 

ARTICULO 3°.- Otorgar a los docentes que cumplimenten los requisitos de asistencia y evaluación exigidos, la bonificación cultural que se detalla a continuación:

 

-         Docentes de Educación Inicial, Primaria (E.G.B. I y II), Especial y Adultos: 0,60 puntos (Artículo 63°, apartado 7, Resolución 862/90 C.G.E.)

 

-         Docentes de Educación Secundaria (Medio, Polimodal y E.G.B. III): 0,45 puntos (Artículo 193°, Decreto 2521/95 M.G.J.E.).

 

Docentes de Nivel Superior: 0,30 puntos (Artículo 260° - Resolución 1972/90 C.G.E.).-

 

ARTICULO 4°.- Aprobar los Proyectos de Capacitación “Docentes Estudiando” que obran como ANEXOS de la presente Resolución, conforme se detalla:

 

Anexo I: “Docentes Estudiando: Nivel Inicial”- Tratamiento y Producción de Lineamientos Curriculares.-

Anexo II: “Docentes Estudiando: Educación Especial, Equipos Directivos, Técnicos y  SAIE” - Tratamiento y Producción de Lineamientos Curriculares.-

Anexo III: “Docentes Estudiando: Educación General Básica I y II (Educación Primaria)” - Tratamiento y Producción de Lineamientos Curriculares.-

Anexo IV: “Docentes Estudiando”:Educación  Secundaria” - Tratamiento y Producción de Lineamientos Curriculares.-

Anexo V: “Docentes Estudiando:  Educación Técnico Profesional” - Tratamiento y Producción de Lineamientos Curriculares.-

Anexo VI: “Docentes Estudiando: Nivel Superior” - Tratamiento y Producción de Lineamientos Curriculares.-

Anexo VII: “Docentes Estudiando: Educación  de  Jóvenes y Adultos” - Tratamiento y Producción de Lineamientos Curriculares.-

Anexo  VIII: “Docentes Estudiando: Desarrollo Curricular “Educación de Gestión Privada” - Tratamiento y Producción de Lineamientos Curriculares -

Anexo IX: “Docentes Estudiando: EnREDarse - Tratamiento y Producción de Lineamientos Curriculares.-

 

ARTICULO 5°.- Registrar, comunicar, remitir copia autenticada a: Presidencia, Vocalía, Secretaría General, Jurado de Concursos, Direcciones de Educación, Dirección de Planeamiento Educativo, Dirección de Recursos Humanos, Direcciones Departamentales de Escuelas y pasar las actuaciones a Vocalía.-

 

Links a los Anexos (hacé clic para ver)

Anexo I: Educación Inicial

Anexo II: Educación Especial

Anexo III: Educación Primaria

Anexo IV: Educación Secundaria

Anexo V: Educación Técnica Profesional

Anexo VI: Educación Superior

Anexo VII: Educación de Jóvenes y Adultos

Anexo VIII: Educación de Gestión Privada

Anexo IX: Enredarse

 

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